Ya se conocen las fechas de la campaña de la renta y patrimonio para 2025, que es cuando se presentan las declaraciones correspondientes al ejercicio 2024. El pistoletazo de salida será el próximo día 2 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio.
Esto significa que las personas que quieran elaborarla y presentarla a través de internet podrán hacerlo incluso antes de la Semana Santa para irse tranquilas de vacaciones.
La Agencia Tributaria ha hecho ya público el calendario que podrán utilizar los contribuyentes como referencia en 2025 para cumplir con este trámite anual.
Concretamente, las fechas para presentar y confeccionar la declaración del IRPF y del impuesto sobre el patrimonio en 2025 serán estas:
- Presentación a través de internet de las declaraciones de renta y patrimonio 2024: del 2 de abril al 30 de junio de 2025.
- Confección con asistencia telefónica: desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025, un agente de la AEAT podrá ayudarnos por teléfono a confeccionar la declaración de la Renta 22024.
- Confección de la declaración de la renta 2024 en oficinas de la Agencia Tributaria: del 2 de junio al 30 de junio, se podrá acudir presencialmente a las oficinas de la AEAT para confeccionar la declaración con la ayuda de un agente.
Si se quiere contar con la asistencia de un agente telefónico o presencial de la AEAT para hacer la declaración de la renta, es necesario pedir cita previa. Las fechas en las que se podrá solicitar son las siguientes:
- Petición de cita previa telefónica: del 29 de abril al 27 de junio.
- Petición de cita previa presencial: del 29 de mayo al 27 de junio.
¿Cómo se solicita esa cita previa? Muy sencillo: esto se puede hacer a través de la propia web de la AEAT o llamando a los siguientes números de teléfono:
Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24
Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44
A partir del 12 de marzo, se podrá solicitar el número de referencia, que sirve para descargar el borrador de la renta que pone a disposición la Agencia Tributaria. El día 19, con la mencionada referencia se podrá descargar el borrador de la declaración de la renta y también los datos fiscales a través de la sede electrónica de la AEAT. También se puede acceder al borrador con certificado o DNI electrónico, o con la cl@ve móvil (antes cl@ve PIN).
Junto a las fechas en las que se podrá confeccionar y presentar la declaración de la renta, ya conocemos los tramos y tipos impositivos de la base del ahorro y de la base general.
Las rentas procedentes del ahorro tributan a un porcentaje menor que la renta que no forma parte del ahorro, conocida como general y que está vinculada a las rentas procedentes del trabajo, actividades económicas o alquileres, entre otros conceptos.
Los tramos que se aplicarán a la base imponible general en el ejercicio 2024 —que, recordemos, es el que se declara en 2025— son los siguientes:
- Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
- Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
- Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
- Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
- Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
- Más de 300.000 euros: retención del 47%.
Los porcentajes exactos, eso sí, dependerán de los tipos impositivos que aplique cada comunidad autónoma. También conviene recordar que no se tributa por todos los ingresos al tipo de retención más alto. De hecho, el IRPF es un impuesto progresivo y esto significa que los porcentajes se van aplicando de uno en uno, empezando por el inferior.
Esto significa que si un contribuyente ingresa 22.000 euros brutos al año, no pagará por el IRPF el 30% de ese total. Los tramos se aplicarán como sigue: un 19% por los primeros 12.450 euros, un 24% por los siguientes 7.750 euros (segundo tramo) y un 30% por los 1.800 euros que quedan (tercer tramo).
Hay algunas cosas que deberás recordar a la hora de realizar y presentar la declaración de la renta:
- Internet, única vía para presentar: ten en cuenta que solo podrás presentar la declaración a través de internet. Aunque puedas contar con ayuda telefónica y presencial para confeccionarla, será obligatorio registrarla de manera telemática.
- Modelos que hay que presentar: recuerda que los modelos que se deben cubrir y presentar son el modelo 100 para la declaración de la renta y el modelo 714 para la declaración del impuesto de patrimonio.
- Si eres autónomo, toca declarar: efectivamente, desde el año pasado todos los autónomos tienen que presentar la declaración de la renta del ejercicio correspondiente. Basta con que hayan estado dados de alta en cualquier momento de 2024 para que se vean obligados a hacerlo. No importa si solo han estado de alta un mes para cobrar un trabajo puntual: tendrán que cumplir con este trámite.
- Ventas de artículos en plataformas: al hacer la declaración de la renta, no olvides incluir la información correspondiente a las ventas que hayas realizado en plataformas como Wallapop o AirBNB si en 2024 efectuaste más de treinta transacciones u obtuviste más de doscientos euros con ellas. Debes hacerlo: las propias plataformas están obligadas a informar a Hacienda en estos casos.
- Deducciones: si has realizado alguna acción en 2024 que te permita mejorar la declaración de la renta, no olvides incluirla.