ECONOMÍA

Guía sobre avales: resuelve todas tus dudas

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Guía sobre avales: resuelve todas tus dudas
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Bankia

10 Enero, 2017


A diferencia de lo que sucede con otros términos bancarios, como por ejemplo la TAE, el aval parece un concepto sencillo, casi entendible por sí mismo. Si escuchamos en la radio que un futbolista llega a un equipo con el aval de los muchos goles que marcó la temporada anterior todos nos hacemos idea de sus virtudes anotadoras.

El símil deportivo nos vale para la primera acepción de aval que da la Real Academia, pero la que nos interesa en este caso es la segunda: “Obligación que alguien adquiere de hacer aquello a lo que otra persona se ha comprometido, en caso de incumplimiento”. En el caso de la banca, es casi siempre hacerse cargo del pago de una cantidad avalada. Entremos en materia:

Qué es un aval bancario

Es un compromiso de garantía de cumplimiento de una obligación. Una persona o empresa se compromete ante otra persona o empresa a pagarle una determinada cantidad de dinero, a realizar un servicio en tiempo y en forma, a comprar o vender unas mercancías en condiciones acordadas, y ofrece una garantía por la cual el avalista (en este caso una entidad financiera) pagará al beneficiario un importe si el avalado no cumpliese con lo acordado.

Pongamos
un par de ejemplos:

  • Una industria láctea pacta con un ganadero el suministro de toda la leche que produzca y negocian un precio y un periodo de pago. Pero, por si la industria láctea incumpliera las condiciones acordadas, el ganadero solicita un aval garantizando el pago. La empresa contrataría el aval con un banco, que garantizaría la cuantía acordada en caso de incumplimiento.
  • El dueño de una vivienda la alquila a su inquilino, y como garantía del pago de las cuotas de alquiler solicita un aval garantizando el pago. El inquilino contrataría el aval con un banco, que garantizaría el pago de las rentas no pagadas hasta la máxima cuantía garantizada.

 

Quién participa en un aval

Intervienen tres partes:

  • El avalado: es quien tiene el compromiso de cumplir con la obligación principal y quien contrata el aval.
  • El beneficiario del aval: es el receptor final. Si el avalado no cumple con lo acordado podría solicitar la ejecución del aval al avalista.
  • El avalista: la entidad financiera, que tras requerimiento del beneficiario se haría cargo de la cuantía establecida si el avalado no cumple con su obligación.

Qué ventajas ofrece

Su principal virtud es que aporta seguridad a las operaciones comerciales. Por ejemplo, dos empresas que no han tenido relación comercial previa —no tienen por qué fiarse—, obtienen la confianza que necesitan para empezar a trabajar juntas.

Como alternativa a la fianza, el aval garantiza el cumplimiento de una obligación sin tener que adelantar ninguna cantidad al beneficiario (ya que el beneficiario confía en la solvencia del avalista). En la fianza, el beneficiario tiene que devolver la cantidad entregada una vez cumplida la obligación principal, por lo que existe el riesgo de que no lo realice.

La entidad financiera cobra unas comisiones, pactadas y especificadas claramente en la firma del aval, mientras dure la vigencia de este. Estas comisiones son más bajas que el coste de pedir un crédito para disponer de la cuantía avalada por adelantado.

Cómo se instrumenta

De modo habitual, los avales bancarios se instrumentan en una carta de aval, aunque existen otros formatos (por ejemplo, incorporándolo en una letra de cambio).

En la carta de aval queda descrito con detalle:

  • Cuál es la obligación garantizada,
  • Qué debe ocurrir para considerar la obligación incumplida,
  • Cómo debe solicitar el beneficiario la ejecución de la garantía.
  • Cuál es el plazo de vigencia del aval.
  • Cuál es la cantidad garantizada.
  • Además de identificar a los participantes en el aval (avalista, beneficiario y avalado).

 

Qué pasa si no se paga la deuda

Si el avalado no cumple con su obligación, el beneficiario debe dirigirse al avalista para solicitar la ejecución de la garantía por incumplimiento del avalado, dentro del plazo de vigencia del aval, aportando la información requerida en la carta de aval para ese caso.

El avalista comprobará que se cumplen las condiciones indicadas en la carta de aval, y abonará al beneficiario la cuantía garantizada.

Los avales, además, van acompañados de una póliza de contragarantía, por la cual, lógicamente, el avalado tendrá que reintegrarle a la entidad financiera ese dinero en caso de que esta tuviera que hacerse cargo del pago al beneficiario. Es decir: si el banco paga al beneficiario, el avalado tiene que devolver ese dinero al banco.

 

Distintos tipos de avales

  • Aval técnico: con él, la entidad responde del incumplimiento de los compromisos que tiene contraídos por importaciones, concursos, subastas, ejecución de obras, etc.
  • Aval económico-comercial: está pensado para garantizar el pago aplazado en compraventa de todo tipo de bienes, fraccionamiento de pago, sumas entregadas anticipadamente, etc.
  • Aval financiero: diseñado para respaldar las obligaciones financieras que su empresa mantiene frente a terceros (letras financieras, pólizas de crédito o préstamo).
  • Preaval: operación que expresa la disposición favorable de una entidad a otorgar el aval definitivo en su día, sin constituir un compromiso en firme.

 

Avales para cualquier lugar del mundo

Existen también los avales internacionales que garantizan el cumplimiento de obligaciones entre personas situadas en países diferentes, residentes o no residentes, pudiendo estar sujetos a normas de la Cámara de Comercio Internacional, a la legislación de los países de destino o a la legislación española.

 

La diferencia entre unos avales y otros (como pasa con los avales nacionales) obedece a un criterio de riesgo de ejecución. En los avales económicos se garantizan las obligaciones económicas asumidas por el cliente, mientras que en los avales técnicos se garantizan los compromisos del cliente bajo los contratos de exportación o importación, participación en concursos y subastas, ejecución de obras…

 

La emisión de avales internaciones requiere, en múltiples ocasiones, de la intervención de entidades financieras extranjeras tanto globales como locales que hagan de corresponsales en el país de destino.

 

Operar en mercados internacionales no siempre es fácil, existen muchas variantes jurídicas, económicas y culturales que hace que cada aval sea una operación única. Por eso, la negociación de los términos de los textos de los avales internacionales, tanto con las entidades financieras extranjeras como con los beneficiarios finales, es una tarea que requiere de la intervención de los equipos especializados en comercio exterior.

 

¿Y los avales de los préstamos?

Es un tipo de aval distinto, aunque los principios que rigen son los mismos. En este caso el banco es el beneficiario, quien suscribe el préstamo es el avalado y la persona que, con sus bienes, respalda la operación es el avalista. Es decir: si el titular del préstamo no cumpliese sus obligaciones de pago, el avalista respondería por él.

 

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