Preguntas frecuentes sobre la tributación de los juegos de azar
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CaixaBank
22 Mayo, 2019
En los últimos años los juegos de azar en general han sido manejados por los gobiernos para sanear, en cierta medida, el Tesoro Público.
Hasta el año 2012 los premios de las loterías y apuestas organizadas por la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado y por los órganos o entidades de las Comunidades Autónomas, así como de los sorteos organizados por la Cruz Roja Española y de las modalidades de juegos autorizadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE) , estaban exentos de tributación en el primer año. Esto suponía, en la práctica, que percibías el premio íntegro y solo tributabas a partir del año siguiente por los rendimientos del capital. Es decir, lo que producía el dinero ganado y que debías incorporar a tu declaración de IRPF.
De esta forma, si ganabas 100.000 euros, no pagabas impuestos y los percibías íntegros, pero si estos generaban 10.000 euros de intereses en el año siguiente debías incluir esos ingresos en tu declaración de la renta y pagar los impuestos correspondientes.
Esto cambió a partir de 2013, cuando el Gobierno a través de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, estableció un nuevo impuesto sobre estos premios que pasan a tributar un 20 %, con un mínimo exento de 2.500 euros. En 2018 volvió a haber cambios, la nueva normativa (Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) que, si bien no elimina la tasa del 20%, estima un mínimo exento para ese año de 10.000 euros y un escalado en los años siguientes, de manera que en2019 el mínimo pasará a ser de 20.000 euros y en 2020 será de 40.000 euros.
¿Qué es el mínimo exento?
Por mínimo exento se entiende aquella parte del premio que no está sujeta a tributación. Volvemos de nuevo al escenario previo a 2012. Solo se pagarían impuestos (el 20 %) delo que exceda de ese mínimo.
Veámoslo con un ejemplo, si este año ganas un premio de 24.000 euros te corresponde pagar el 20% de 4.000 euros. Esto sería igual a percibir 23.200 euros. Pero si ganas la misma cantidad el año que viene no pagarás nada.
Si el premio es superior a 20.000 euros (en 2019) o a 40.000 euros (en 2020), solo tendrás que tributar por el exceso sobre dichos importes, dado que, hasta esa cantidad, el premio está exento de tributación. Y en caso de tu premio supere los importes anteriores, recuerda que tampoco debes incluirlo en tu declaración de IRPF, porque al cobrarlo ya te habrán retenido la cantidad correspondiente al gravamen especial sobre dichos premios.
Eso sí, los rendimientos obtenidos al invertir el premio deberán ser declarados en el IRPF.
¿Cuándo se paga?
La Agencia Tributaria no va a esperar a que te gastes el dinero del premio y luego tener que reclamarlo. Lo que hará es aplicar la retención directamente, en el momento del cobro del premio.
¿Y si el boleto premiado es compartido?
En el caso de que hayas compartido un boleto, el procedimiento correcto para ingresarlo en el banco será comunicar todos los datos de las personas agraciadas a la entidad bancaria que vaya a gestionar el cobro, con el fin de que se aplique la retención correspondiente a cada uno de los premiados y se informe correctamente a la Agencia Tributaria. De no hacerlo así, y realizar el cobro solo a nombre de uno de los agraciados, se le aplicará la retención solo a esa persona. Y si después lo reparte, la Administración puede considerar que ha habido una donación y el resto de los beneficiarios podrían verse obligados a pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma correspondiente.
¿Cómo tributan otros juegos de azar: juego online, casinos…?
En el resto de juegos de azar, el juego online y los casinos, mientras el Ministerio de Hacienda procedía a un incremento de los impuestos en el año 2017, un nuevo giro en 2018 los volvía a reducir, con el objetivo de fomentar el negocio de los casinos online. De esta forma, fomentando el juego, aunque las tasas impositivas sean menores, se consiguen mayores ingresos para el Tesoro Público.
Los premios obtenidos por el juego computan como una ganancia patrimonial no derivada de la transmisión a integrar en la base imponible general. Es decir, solo declaras el resultante de restar lo invertido en apuestas a lo obtenido.
No olvides en este caso incluir estos ingresos en tu declaración de la renta.