Qué son y cómo se calculan las retenciones del IRPF
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CaixaBank
03 Marzo, 2021
El nuevo tramo afectará al bolsillo de los que más ganan. Esto ha vuelto a avivar el debate sobre el cambio de residencia fiscal de aquellas personas que deciden abandonar España para instalarse en un país en el que los tipos impositivos son inferiores.
Pero, al margen de esto, es importante entender cómo funcionan los tramos del IRPF, ya que, en teoría, podría parecer que una persona que gana 500.000 euros estaría pagando 235.000 euros en impuestos y solo ingresaría 265.000 euros, todo ello sin tener en cuenta las cotizaciones a la Seguridad Social. Sin embargo, la práctica es muy diferente, ya que el IRPF es un impuesto progresivo y, por tanto, la factura fiscal es algo menor.
En este post te vamos a explicar de una manera práctica cómo funciona el IRPF y sus tramos en territorio común (esta información no aplica a aquellas personas residentes en Guipúzcoa, Vizcaya, Álava y Navarra, que están sujetas a un régimen foral específico).
¿Qué es el IRPF?
El IRPF, tal y como se define en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, es un tributo de carácter personal y directo que grava los ingresos de una persona física residente en territorio español de acuerdo a su naturaleza y a sus circunstancias personales y familiares.
Las rentas sujetas al impuesto serán la totalidad de los rendimientos obtenidos, las ganancias y pérdidas patrimoniales, así como las imputaciones de renta establecidas por Ley, con independencia de dónde se hayan producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
A modo práctico, veamos cuáles son esas rentas:
- Rendimientos del trabajo. Ej.: sueldos y salarios.
- Rendimientos del capital mobiliario. Ej.: intereses de cuentas, dividendos.
- Rendimiento del capital inmobiliario. Ej.: alquileres.
- Rendimiento de actividades económicas. Ej.: rendimientos obtenidos por profesionales autónomos.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales. Ej.: venta acciones, venta de fondos de inversión.
- Imputaciones de renta. Ej.: tenencia de una segunda vivienda.
Cada una de las partidas anteriores se agrupan o clasifican en uno de los siguientes tipos de renta:
- Renta General: rendimientos del trabajo, rendimientos de capital inmobiliario y de actividades económicas.
- Renta del Ahorro: rendimientos del capital mobiliario y ganancias y pérdidas patrimoniales.
¿Cómo se calcula el IRPF?
Cuando confeccionamos nuestra declaración de la renta, los ingresos clasificados como renta general van a formar parte de la base liquidable general y los otros van a formar parte de la base del ahorro.
Sobre los ingresos netos que forman parte de la renta general (como, por ejemplo, renta del trabajo y/o actividades económicas) se obtendrá la base imponible general del IRPF, que puede ser objeto de hasta seis reducciones, entre las que nos encontramos con la conocida reducción por aportaciones a planes de pensiones.
Al aplicar estas reducciones, obtendremos la base liquidable general, la cual se adecuará a las circunstancias personales y familiares de cada uno a través del mínimo personal, familiar y por discapacidad.
La base liquidable general se utiliza para el cálculo de la cuota íntegra, es decir, que sobre la base liquidable general se aplican los tipos de gravamen que correspondan (conocidos también como los tramos de IRPF). La base liquidable del ahorro también tiene sus propios tipos de gravamen.
GENERAL
Base liquidable del ahorro – Hasta euros | Cuota íntegra – Euros | Resto B. liquidable del ahorro – Hasta euros | Tipo aplicable – Porcentaje |
---|---|---|---|
0 | 0 | 12.450,00 | 19% |
12.450,00 | 2.365,00 | 7.750,00 | 24% |
20.200,00 | 4.225,00 | 15.000,00 | 30% |
35.200,00 | 8.725,00 | 24.800,00 | 37% |
60.000,00 | 17.901,00 | 240.000,00 | 45% |
300.000,00 | 125.901,00 | En adelante | 47% |
*Tipos aplicables de acuerdo con normativa estatal; las comunidades autónomas pueden establecer sus propios tipos dando lugar a una tarifa distinta (ej.: Madrid, Cataluña…).
DEL AHORRO
Base liquidable del ahorro – Hasta euros | Cuota íntegra – Euros | Resto B. liquidable del ahorro – Hasta euros | Tipo aplicable – Porcentaje |
---|---|---|---|
0 | 0 | 6.000 | 19% |
6.000 | 1.140 | 44.000 | 21% |
50.000 | 10.380 | 150.000 | 23% |
200.000 | 44.880 | En adelante | 26% |
Una vez obtenida la cuota íntegra general y del ahorro, se suman y a la cantidad resultante se le descuenta las deducciones de carácter general y las autonómicas, para obtener la cuota diferencial.
Entre las deducciones generales, nos encontramos la deducción por adquisición en vivienda habitual (recuerda que, aunque se suprimió en 2013, esta deducción todavía se la pueden seguir aplicando algunos contribuyentes siempre que cumplan una serie de requisitos), deducción por donativos, etc.
A la cuota diferencial (cuota íntegra menos las deducciones) solo falta restarle el importe de las retenciones que los pagadores tienen la obligación de practicar para llegar al resultado de la declaración, que puede ser a ingresar o a devolver.
¿Qué son y cómo se calculan las retenciones de IRPF?
Las retenciones que nos practican los pagadores, como por ejemplo la retención que nos aplica la empresa en nuestra nómina, es un dinero que adelantamos a Hacienda todos los meses de nuestro salario que se tiene en cuenta a la hora de hacer nuestra declaración y, por tanto, el resultado de la declaración dependerá de lo que nos han retenido a lo largo del año. Es decir, si nos han retenido de más, la declaración de la renta saldrá a devolver y nos retuvieron de menos, nuestra declaración saldrá a ingresar.
Por tanto, la retención de IRPF que nos practican en la nómina es una de claves para el resultado de nuestra declaración de la renta y la escala (tramos del IRPF) que hemos visto anteriormente es una de las variables que se tienen en cuenta a la hora de calcular la retención que aparece en la nómina. Pero no es la única, ya que se van a tener en cuenta otras variables, como el salario, la duración del contrato que la empresa conoce y otras que la empresa nos suele pedir que actualicemos a principios de año, como el número de hijos a cargo, pago de pensiones por alimentos, si tenemos ascendientes mayores de 65 años o descendientes a cargo, discapacidades acreditadas, etc., a través del Modelo 145 – Comunicación de datos IRPF al pagador.
Para hacer tus propios cálculos y saber de forma precisa la retención que te deben hacer en la nómina, lo mejor es usar la calculadora de retenciones de IRPF que la Agencia Tributaria pone a disposición de todos los usuarios en su página web.
Esta calculadora es una herramienta en la que hay que rellenar cuatro apartados (datos personales, antecedentes y descendientes, datos económicos y datos regularización). Según se avanza en cada pantalla, se van señalando en verde las distintas casillas/campos a cumplimentar y en el caso de faltar algún dato, la calculadora nos avisa.
Una vez está todo completado, solo hay que pulsar en “Resultados”. En esta última pantalla, se mostrará el tipo de retención que nos deberían de estar aplicando y cuánto supone en euros esa retención.
Ahora que ya sabemos de forma muy resumida cómo funciona el IRPF llega la aplicación práctica y responder a la pregunta que se hace todo el mundo
¿Cuántos impuestos paga una persona que gana 500.000 euros?
En nuestro ejemplo vamos a suponer que esta persona es soltera y sin hijos y/o ascendientes a su cargo que gana por rendimientos del trabajo 500.000 euros al año, que el pagador le practica una retención del IRPF del 42,53% (212.650,00 euros) y que las cuotas a la seguridad social ascienden a 2.858,40 euros.
Concepto | Declaración de la Renta |
---|---|
Rendimientos del trabajo | 500.000,00 € |
Gastos (Seguridad Social) | (2.858,40 €) |
Otros gastos deducibles | (2.000,00 €) |
Rendimiento neto | 495.141,60 € |
Base Imponible General | 495.141,60 € |
Reducciones (por ejemplo, por aportaciones al Plan de Pensiones) | 0,00 € |
Base liquidable general | 495.141,60 € |
Mínimo personal y familiar | 5.550,00 € |
CUOTA ÍNTEGRA* | 216.563,55 € |
Deducciones | 0,00 € |
CUOTA LÍQUIDA | 216.563,55 € |
Retenciones del trabajo | (212.650,00 €) |
CUOTA DIFERENCIA (Resultado de la declaración) | 3.913,55 € (a pagar) |
*El cálculo de la cuota íntegra se haría de la siguiente manera: los primeros 300.000 euros la cuota equivalen a 125.901,50 euros; el exceso, 195.141,60 euros (495.141,60 euros de base liquidable menos 300.000 euros) lo multiplicamos por el tipo del 47% y eso da un resultado de 91.716,55 euros. Sumamos esas dos cuotas, con un resultado de 217.618,05 euros, al que hay que restar 1.054,50 euros (5.550 x 19%) por adecuar su cuota a su mínimo personal y familiar.
En conclusión, con independencia del resultado de la declaración, el tipo medio efectivo de gravamen de alguien que gana 500.000 euros es del 43,31%, es decir, que a lo largo del año va a pagar 216.563,55 euros por la aplicación correcta de la norma. Cifra que difiere en más de 18.000 euros si aplicara de manera errónea el tramo de manera marginal, es decir, multiplicar directamente el tipo del 47% sobre sus ingresos anuales.
Por último, es importante que tengas en cuenta que en nuestro caso estábamos analizando el impacto fiscal para una persona soltera, sin discapacidad, sin hijos y/o ascendientes a su cargo y sin derecho a algunas de las reducciones y deducciones contempladas en la norma y, por tanto, en caso de darse estas circunstancias (Mínimos, reducciones y deducciones en el IRPF) el tipo medio efectivo de gravamen sería inferior al calculado (su factura fiscal sería todavía menor).