No todos los ciudadanos están obligados a presentar la declaración de la renta. Sin embargo, desde este mismo año todos los trabajadores autónomos deben hacerlo. Basta con que hayan estado de alta en el RETA o en el RETM en el ejercicio anterior para que tengan que cumplir con este trámite.
Con la campaña ya en marcha hasta el día 1 de julio, saber si alguno de los seguros que los autónomos tienen contratados son deducibles en su declaración de la renta (y hasta qué cantidad) es una información especialmente útil:
Este tipo de pólizas son imprescindibles para proteger al autónomo frente a posibles incidencias con terceros. De hecho, su suscripción es muy frecuente entre profesionales de la construcción, médicos, abogados, propietarios de negocios de hostelería y otros abiertos al público, ya que es necesario en muchas ocasiones para obtener la licencia de apertura.
Aunque no se trata de un seguro obligatorio para todas las profesiones, es muy recomendable en muchas de ellas, por eso es tan habitual. En el caso de la declaración de la renta, la deducción aplicable será del 100 % siempre que las coberturas de la póliza se destinen a las eventualidades que puedan surgir en el desarrollo de la actividad económica.
Las pólizas médicas también son cada vez más habituales y, en el caso de los trabajadores autónomos, estos seguros también son deducibles a la hora de realizar y presentar la declaración de la renta. Esto significa que los autónomos pueden deducirse el importe que pagan por su seguro de salud, así como el de su cónyuge y el de sus hijos menores de 25 años.
Lo que cambia en este caso es la cantidad desgravable. Como máximo, el seguro de salud desgrava 500 euros al año por persona. Ese límite aumenta hasta los 1.500 euros anuales deducibles en el caso de personas con discapacidad.
La condición indispensable para que estos seguros sean deducibles es que el vehículo sea utilizado en su 100 % para la actividad profesional del autónomo. ¿Qué quiere decir esto? Que si el vehículo también se utiliza para la vida personal el seguro no será deducible en la declaración de la renta.
Algunos gastos relacionados con el lugar en el que el autónomo desempeña su actividad también son susceptibles de ser deducibles en el IRPF. Este es el caso de los seguros de las oficinas, despachos y agencias, los comercios, los talleres, los locales de hostelería y ocio, las academias, las clínicas y otros inmuebles similares.
Las primas de este tipo de seguros para negocios se pueden deducir en su totalidad en la declaración de la renta, siempre y cuando estos seguros estén relacionados de forma directa con la actividad profesional del autónomo.
Aunque los seguros de los locales se pueden deducir al 100 %, como acabamos de ver, no sucede lo mismo con los seguros del hogar. En una época en la que el trabajo a distancia es habitual, puede no parecerlo, pero en realidad se trata de casos diferentes.
En estos casos, Hacienda solo permitirá deducir este gasto cuando el autónomo trabaje en su casa. Además, solamente se podrá deducir un porcentaje de la prima, que será el mismo en el que resulte afectada la vivienda por la actividad laboral. Es decir, el correspondiente a la parte de la vivienda en la que desarrolle su actividad.