ECONOMÍA

Estos son los impuestos que debes pagar si vendes ropa por internet

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Estos son los impuestos que debes pagar si vendes ropa por internet
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CaixaBank

17 Noviembre, 2021


Con la campaña de Navidad en el horizonte, se avecina una época importante de compras, y muchas de ellas se harán a través de internet. Si tienes un pequeño taller de diseño de prendas y vas a comenzar a venderlas, en este post te explicamos qué impuestos tendrás que asumir como vendedor.

Impuestos para la venta a través de internet

La venta de ropa no supone una actividad excepcional, por lo que está sujeta a una serie de impuestos comunes, los mismos que gravan al comercio tradicional y al resto de actividades económicas. Nos referimos al IVA, el IRPF y el impuesto de sociedades. Cada uno de ellos afecta a las personas en función de cómo se organicen.

Vender a través de la red no es algo complicado. Existen diferentes plataformas para empezar. Lo que sí será necesario es estar dado de alta como autónomo o crear una sociedad, ya que deberás realizar facturas de la venta.

En el primer caso (autónomo), tributarás por el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), y en el segundo (sociedad), a través del impuesto de sociedades.

Con independencia de que la venta sea como autónomo o a través de una sociedad, tienes que darte de alta en el IAE (impuesto de actividades económicas), a través del modelo 036 o el 037. Recuerda, como la venta va a ser online, el epígrafe a dar de alta será el 665 del IAE (Comercio al por menor por correo o por catálogo de productos diversos).

¿Qué impuestos tengo que pagar si vendo ropa online?

El IRPF

Los autónomos tributan en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) utilizando el modelo 130, que es una autoliquidación del pago fraccionado del IRPF y su presentación es trimestral, algo que comparte con el IVA. La tributación se realiza obteniendo la diferencia entre los beneficios y los gastos deducibles.

Lo que se declara en el modelo 130 es el rendimiento neto acumulado del ejercicio. De esta forma, en el primer trimestre se tiene que declarar el rendimiento neto del 1 de enero al 31 de marzo, y en el segundo trimestre sumarle la cantidad correspondiente, y así sucesivamente.

El rendimiento neto es la diferencia entre los ingresos obtenidos y los gastos fiscalmente deducibles de la actividad. En cada trimestre se suman los rendimientos netos acumulados del ejercicio, pero el porcentaje que se tendrá que pagar solo será del 20 % del rendimiento del trimestre al que corresponde la declaración que se presenta.

Cuando se realice la declaración de la renta, las cantidades satisfechas a lo largo del año a través del modelo 130 disminuirán la cuota resultante si la declaración fuese a pagar. En caso de que fuese a devolver, se sumarían a ese importe, aumentándolo.

Impuesto sobre sociedades

Al crear una sociedad, estarás sujeto al pago de este tributo, el cual sigue el Plan General Contable.

La cuota asociada es del 25 % del beneficio neto, salvo que la empresa sea de nueva creación (15 % el primer ejercicio en el que obtengan beneficios y el siguiente).

Para declarar en el impuesto sobre sociedades (IS) son necesarios dos modelos:

– El modelo 202, por el que se realiza el pago fraccionado del impuesto. Este modelo se realiza por regla general en los 20 primeros días de los meses de abril, octubre y diciembre.

– El modelo 200 es la declaración anual del IS.

IVA

Por último, estaría el IVA, que en este caso es un poco más complejo, ya que dependerá de quién sea el destinatario de nuestros productos. Su gestión es una de las partes más delicadas en la administración de los e-commerce o tiendas en línea. Existen varios tipos y supuestos al realizar esta actividad.

El destino de los productos es fundamental para poder calcular el IVA de forma adecuada. Si la venta se realiza en el territorio peninsular o hacia las Baleares, este tributo se aplica en cualquier venta y siguiendo el tipo asociado al producto. En el caso de las prendas de ropa, este es del 21 %. En cuanto a las ventas realizadas en Canarias, Ceuta y Melilla, se aplicará el IGIC (impuesto general indirecto canario) o IPSI (impuesto sobre la producción, los servicios y la importación). Las ventas hacia estos territorios se consideran exportaciones, por lo que también se pagará el tributo que corresponde al DUA (documento único aduanero).

En el caso de ventas a clientes de la Unión Europea, el IVA no se aplica salvo que el cliente sea un particular. En ese caso, se incluye el tributo en la factura y se utilizan los tipos de España. Cuando la transacción se lleva a cabo en el extranjero, es decir, a compradores extracomunitarios, no se aplica el IVA en la factura y se tendrán en cuenta los gastos relacionados con la aduana. Esto se debe a que el impuesto se tributa en el destino.

Además, existe el régimen especial de recargo de equivalencia, que afecta a comerciantes minoristas, personas físicas o entidades en régimen de atribución de rentas en el IRPF. Si se dedicara a vender prendas fabricadas a mano, estaría afectado por esta circunstancia, siempre que las ventas a consumidores finales durante el año precedente fueran superiores a las totales.

En cuanto a la tributación en el extranjero, esta está sujeta a la legalidad de cada país y se pagarán las tasas de aduanas, aranceles impuestos a productos concretos o tasas aplicadas sobre las importaciones.

Por tanto, te recomendamos revisar a fondo el funcionamiento de los tributos y actuar en consecuencia para evitar problemas legales.

En definitiva, a la hora de vender ropa a través de una tienda online, hay que prestar atención a diferentes impuestos. El funcionamiento resulta algo complejo, pero es indispensable llevarlos al día para poder realizar su actividad de forma completamente legal, sobre todo dada la complejidad de algunos tributos, como es el caso del IVA.

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