ECONOMÍA

¿Cómo tributan los premios de la Lotería de Navidad?

Tiempo de Lectura: 4 minutos

¿Cómo tributan los premios de la Lotería de Navidad?
Avatar

CaixaBank

18 Diciembre, 2018


Los más afortunados, aquellos que lleven el Gordo de Navidad, ganarán un premio de 400.000 euros al décimo, cuatro millones de euros a la serie. Pero no todo el dinero irá a sus bolsillos, desde el año 2013 (Ley 16/2012, de 27 de diciembre) estos premios se encuentran sometidos a gravamen. Concretamente, los primeros 10.000 euros del premio estarán exentos (Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018) pero el resto tributará al 20%.

El gravamen se exige de forma independiente respecto de cada décimo, fracción o cupón de lotería o apuesta premiado y por tanto en el caso de que tengas un décimo agraciado con el Gordo recibirás 322.000 euros (78.000 euros serán para la Agencia Tributaria)

Lo mismo ocurrirá en el caso de tener un décimo del:

  • Segundo Premio: 125.000 euros, pero el importe neto que obtendrás será de 102.000 euros.
  • Tercer Premio: 50.000 euros, pero el importe neto que obtendrás será de 42.000 euros.
  • Cuarto Premio: 20.000 euros, pero el importe neto que obtendrás será de 18.000 euros.

Recuerda que esta retención del 20% se aplicará directamente en el momento del cobro del décimo premiado. El resto de los premios de este sorteo al ser inferiores a los 10.000 euros por décimo estarán exentos.

¿Y si el décimo es compartido?

En el caso de que el décimo premiado estuviese compartido con familiares, amigos o compañeros de trabajo, la cuantía exenta se prorrateará entre los cotitulares en función del porcentaje de participación que les corresponda.

Además, debemos comunicarle todos los datos de estas personas a la entidad bancaria que vaya a gestionar el cobro con el fin de que se declare o informe correctamente a la Agencia Tributaria. De lo contrario, si una persona cobra todo el décimo y después lo reparte, la Administración podrá considerar que ha habido una donación y el resto de los beneficiarios podrían verse obligados a pagar el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma correspondiente.

¿Y si soy no residente?

En el caso de que seas un español que actualmente reside en el extranjero, o un extranjero no residente, poseedor de un décimo premiado recuerda que el premio también estará sujeto a retención o ingreso a cuenta del 20%

No obstante, estos agraciados que han soportado una retención o ingreso a cuenta cuyo tipo coincide con el del gravamen especial, podrían solicitar la devolución que pudiera corresponderles por aplicación del convenio para evitar la doble imposición internacional que su país de residencia tuviera firmado con España.

Si quieres conocer más detalles al respecto puedes consultar el siguiente enlace la AEAT.

Recuerda que la Agencia Tributaria explica que tanto los contribuyentes del IRPF como los contribuyentes no residentes sin establecimiento permanente que resulten agraciados y hayan soportado la retención en el momento del abono del premio  no tendrán que presentar ninguna otra autoliquidación.

¿Y si el premio recae sobre una Persona Jurídica?

Muchas empresas o entidades sin ánimo de lucro venden y/o regalan lotería, y a veces se quedan algún décimo que resulta premiado.

En este caso, el premio tributa en el Impuesto de Sociedades, y la retención/ingreso a cuenta del 20% soportado (gravamen especial) se declara también, pero como un pago a cuenta más.

Mucha suerte a todos en el sorteo de Navidad y en caso de que no os toque nada en este sorteo y volváis a probar suerte con el Sorteo del Niño recordad, en relación con el gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas, que para 2019 estarán exentos los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 20.000 euros.

¡Feliz Navidad y Año Nuevo!

Acepto las condiciones de uso.