¿Estás preparado para hacer la declaración de la renta del ejercicio 2024?
No olvides que tus hijos pueden suponer una deducción si se cumple una serie de requisitos que detalla la Agencia Tributaria.
La más importante es el mínimo por descendientes, aunque no es la única: también familias numerosas y mujeres con hijos menores de tres años pueden aplicarse las deducciones correspondientes.
De manera general, los mínimos de las desgravaciones por descendiente serían:
- 2.400 euros anuales por el primero.
- 2.700 euros anuales por el segundo.
- 4.000 euros anuales por el tercero.
- 4.500 euros anuales por el cuarto y siguientes.
No hay que olvidar que, si el descendiente tiene menos de tres años, el mínimo aumenta en 2.800 euros anuales. Además, si son varios los contribuyentes con derecho a la aplicación del mínimo familiar por un mismo descendiente —por ejemplo, igual grado de parentesco—, la cuantía se prorratea entre ellos por partes iguales.
Asimismo, en algunas comunidades autónomas estos mínimos se amplían para ciertos supuestos:
- 2.510 euros anuales por el primer descendiente.
- 2.820 euros anuales por el segundo descendiente.
- 4.170 euros anuales por el tercer descendiente.
- 4.700 euros anuales por el cuarto descendiente y siguientes.
Cuando un descendiente sea menor de tres años, la cuantía que corresponda al mínimo por descendientes, de las indicadas anteriormente, se aumentará en 2.920 euros anuales.
Se incrementa el mínimo por el segundo descendiente, por el tercero, por el cuarto y los siguientes en:
- 2.970 euros anuales por el segundo descendiente.
- 4.400 euros anuales por el tercer descendiente.
- 4.950 euros anuales por el cuarto descendiente y siguientes.
- 2.424 euros anuales por el primer descendiente.
- 2.727 euros anuales por el segundo.
- 4.040 euros anuales por el tercero.
- 4.545 euros anuales por el cuarto y siguientes.
Cuando el descendiente sea menor de tres años, la cuantía que corresponda al mínimo por descendientes se aumentará en 2.828 euros anuales.
- 2.503 euros anuales por el primer descendiente.
- 2.816 euros anuales por el segundo descendiente.
- 4.172 euros anuales por el tercer descendiente.
- 4.694 euros anuales por el cuarto descendiente y siguientes.
Cuando un descendiente sea menor de tres años, la cuantía que corresponda al mínimo por descendientes, de las indicadas anteriormente, se aumentará en 2.920 euros anuales.
- 2.575,85 euros anuales por el primer descendiente.
- 2.897,83 euros anuales por el segundo descendiente.
- 4.400 euros anuales por el tercer descendiente.
- 4.950 euros anuales por el cuarto descendiente y siguientes.
Cuando un descendiente sea menor de tres años, la cuantía que corresponda al mínimo por descendientes, de las indicadas anteriormente, se aumentará en 3.005,16 euros anuales.
- 2.640 euros anuales por el primer descendiente.
- 2.970 euros anuales por el segundo descendiente.
- 4.400 euros anuales por el tercer descendiente.
- 4.950 euros anuales por el cuarto descendiente y siguientes.
Cuando un descendiente sea menor de tres años, la cuantía que corresponda al mínimo por descendientes, de las indicadas anteriormente, se aumentará en 3.080 euros anuales.
Existe un importe máximo de deducción al mes (100 euros) y anual (1.200 euros) para familias numerosas de categoría general. Si tienes familia numerosa y pertenecéis a la categoría especial, esas deducciones se incrementan en el 100 %, según informa la Agencia Tributaria.
Cada uno de los hijos que formen parte de la familia numerosa, por encima de los límites establecidos para adquirir su categoría (que son de tres hijos en la general y de cinco en la especial), tendrán un aumento en la desgravación anteriormente citada de 600 euros anuales.
Como ocurría con el mínimo por descendientes, si hay varias personas con derecho a esta deducción, el importe se reparte entre ellas en partes iguales, salvo que se ceda el derecho a una de ellas que será la que perciba íntegramente el importe de la deducción.
Esta desgravación se puede solicitar siempre que no se haya requerido el abono anticipado por medio del modelo 143.
Los cheques guardería de la empresa o los seguros de salud de los hijos, tal y como indica la AEAT, están exentos de tributar en el IRPF. Cada comunidad autónoma ofrece, además, ventajas fiscales con otros aspectos relacionados con los hijos y su crianza.
En la declaración de la renta del ejercicio 2024, que es la que presentamos en estos meses, también se incluye una deducción para mujeres con hijos menores de tres años que tengan derecho a aplicar el mínimo por descendientes.
En estos casos, las contribuyentes podrán minorar la cuota del impuesto hasta en 1.200 euros anuales (100 euros mensuales) por cada hijo que cumpla estos requisitos. Y si en 2024 estas contribuyentes abonaron gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil, esa deducción se podrá incrementar hasta 1.000 euros.
Podrán aplicar la deducción tanto si están trabajando como si perciben alguna prestación contributiva o asistencial del sistema de protección de desempleo. Eso sí, esta deducción no es compatible con el complemento de ayuda para la infancia del ingreso mínimo vital.
Tampoco podrá aplicarse en la declaración de la renta si se solicitó su abono anticipado mediante el modelo 140.