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Si vas a vender tu piso, esta es la documentación que tienes que preparar

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Si vas a vender tu piso, esta es la documentación que tienes que preparar
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CaixaBank

18 Octubre, 2022


Si quieres vender una propiedad inmobiliaria, vas a tener que presentar ante el notario una serie de documentos. Te enumeramos los que vas a necesitar, para que los puedas preparar con antelación.

Título de propiedad: escritura de compraventa

Es el documento legal que acredita la propiedad del inmueble. Contiene los datos del propietario, cómo se obtuvo la propiedad y cuándo, además de información sobre el inmueble y las limitaciones a la titularidad o a los derechos de disposición de la misma como titular del inmueble. Se puede solicitar una copia en la notaría otorgante.

Es indispensable que la escritura esté inscrita en el Registro de la Propiedad del lugar donde se ubica el inmueble. Si no está inscrita a nombre de la persona que tiene intención de venderlo, es necesario cumplimentar este trámite. Para ello, hay que presentar el impreso de autoliquidación, la copia autorizada ante notario de la escritura pública de venta, herencia o donación y la acreditación de la presentación del documento necesario para abonar la plusvalía municipal a través de un justificante.

Nota simple del Registro de la Propiedad

Se trata de un documento con toda la información sobre la propiedad y derechos del inmueble. También indica las cargas, como hipotecas o afecciones. El comprador la tiene que solicitar al Registro de la Propiedad, de manera presencial y también online, previo pago.

Aunque las notas simples no tienen una fecha límite de validez, es recomendable que tenga como máximo 3 meses de antigüedad, sobre todo de cara a la petición de la tasación por parte del comprador. Además, la nota simple debe estar actualizada, es decir, debe ser lo más reciente posible para que refleje todos los cambios en la propiedad, hasta los más recientes.

DNI del propietario de la vivienda

EL documento nacional de identidad (DNI) debe estar en vigor. Si hay varios propietarios, todos deben aportarlo para verificar su identidad.

Certificado del pago del último recibo del IBI

El objetivo es demostrar que se está al tanto en el abono de este impuesto directo y obligatorio.

Aunque el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI) se calcula de forma anual, hay municipios que fraccionan el pago: dependiendo del mes del año en que se firma la compraventa, corresponderá a los nuevos propietarios actualizar la información y formalizar los siguientes pagos.

En caso de que el impuesto se cobre en un único pago, vendedor y comprador deberán pactar si se abona y cómo la parte correspondiente a los meses pendientes.

Certificado de la comunidad de propietarios

Si tu inmueble pertenece a una comunidad de propietarios, es preciso que aportes un certificado que garantice que estás al día con los pagos de las cuotas y derramas. Generalmente, en el documento deben constar las cuotas y derramas inmediatas, para que el comprador esté advertido.

En caso de que el propietario no esté al corriente de los pagos en su comunidad de vecinos, el documento debe señalar la cantidad que debe.

El documento debe estar firmado por el administrador de fincas correspondiente.

Certificado de deuda pendiente

Si el inmueble está hipotecado, debes solicitar a tu entidad bancaria la emisión de este documento. Su función es certificar cuál es la cantidad pendiente de amortizar del crédito. Además, puede incluir intereses deudores o intereses de demora por cuotas impagadas, en caso de que existan.

El certificado de deuda pendiente también puede recoger otra información sobre las características del préstamo hipotecario como comisiones o penalizaciones. El titular del crédito es el encargado de solicitarlo al banco, con la fecha más cercana a la firma de la compraventa, para que refleje la información más reciente.

Certificado de eficiencia energética

Desde 2013, todas las viviendas deben contar con un certificado de eficiencia energética. Consiste en un documento oficial que recoge la información sobre el consumo energético de un inmueble. La elaboración corre a cargo de un técnico certificador acreditado. El certificado atribuye una etiqueta energética al inmueble, que debe también presentarse con el informe.

Inspección Técnica de Edificios (ITE)

La ITE es un documento que certifica que el propietario de un inmueble cumple con su deber de conservación y rehabilitación.

Asimismo, confirma el nivel de seguridad del mismo. Debe estar suscrito por personal autorizado (arquitectos, ingenieros, aparejadores). Es obligatorio para todos aquellos inmuebles que superen los 50 años de antigüedad y debe repetirse cada 10 años. No todas las comunidades autónomas solicitan este documento, algunas tienen controles propios y son esos informes los que se demandan para la compraventa de inmuebles.

Cédula de habitabilidad

La cédula de habitabilidad es el documento que acredita que el inmueble es apto para ser una vivienda habitable y que cumple los requisitos de seguridad para suministros y servicios.

Algunas comunidades autónomas exigen este documento, que se ocupa de certificar que un inmueble cuenta con las condiciones técnicas, higiénicas o sanitarias para poderse vender, entre otras opciones. Suele incluir las dimensiones del inmueble, características o equipamientos, entre otra información.

En algunas comunidades, este documento ha de ser elaborado por un arquitecto y contar con el sello del Colegio de Arquitectos correspondiente. En otras, es válida una declaración responsable.

En la compra de viviendas de segunda mano el notario la solicita para el otorgamiento de la escritura de compraventa.

Otros documentos

Hay algunos documentos que no son legalmente necesarios, pero que suelen pedirse en una compraventa y se aportan por cortesía.

Se trata del plano de la vivienda, documentación como garantías o instrucciones de elementos de la vivienda, actas y estatutos de la comunidad de vecinos y facturas recientes de suministros (luz, agua, calefacción, internet, teléfono) para gestionar el cambio de titularidad.

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