La compra de ropa y calzado, libros, libretas, mochilas y todo tipo de material escolar supone un desembolso importante, sobre todo para aquellos padres y madres que tienen varios hijos.
Por esta razón, numerosas comunidades autónomas ofrecen la posibilidad de deducciones en el IRPF de estas compras. Hay incluso ayudas para estudiantes de universidad, posgrado y para enseñanza extraescolar.
Aquí puedes consultar qué comunidades autónomas contemplan estas deducciones y qué gastos puedes incluir en cada una de ellas:
La Comunidad Autónoma de Andalucía permite deducir parte de los gastos de enseñanza de idiomas e informática, tanto si es escolar como extraescolar. Concretamente, permite realizar una deducción del 15 % con un máximo de 150 euros anuales por cada descendiente sobre los siguientes conceptos:
- Gastos de enseñanza escolar de idiomas o informática: se aplicará la deducción sobre la parte proporcional a estas materias de las cantidades que se paguen a los centros en concepto de gastos de escolaridad. Para calcular la proporción se tienen en cuenta las horas lectivas de esas asignaturas.
- Gastos de enseñanza extraescolar de idiomas o informática: la deducción en este caso se aplica sobre pagos a centros privados o no, es decir, a academias, profesores particulares o escuelas oficiales de idiomas.
Para obtener esta deducción, la suma de la base imponible general y la del ahorro no deberá superar los 80.000 euros en tributación individual y los 100.000 en la conjunta.
El Gobierno de Aragón contempla deducciones en el IRPF por la compra de libros de texto y material escolar para Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria (ESO). Los límites son los siguientes:
- Las familias numerosas pueden deducir hasta 150 euros por cada descendiente en las declaraciones conjuntas y hasta 75 euros en las individuales.
- El resto de las familias pueden deducir hasta 100 euros por descendiente en las declaraciones conjuntas y hasta 50 euros en las individuales.
En ambos casos, el importe que se podrá deducir dependerá de la base imponible general y de la base imponible del ahorro.
Al igual que el de Aragón, el Gobierno del Principado de Asturias da la posibilidad de deducir las compras de libros de texto y material escolar de Educación Primaria y ESO.
- Las familias numerosas pueden deducir hasta 150 euros por cada hijo o hija en las declaraciones conjuntas y hasta 75 euros en las individuales.
- Las demás familias pueden deducir hasta 100 euros por descendiente en las declaraciones conjuntas y hasta 50 euros en las individuales.
Las cantidades van igualmente en función de la base imponible total y la base imponible del ahorro.
Esta comunidad autónoma contempla deducciones en el IRPF del 100 % con un límite de 220 euros por hijo por las cantidades destinadas a libros de texto del segundo ciclo de Educación Infantil, de Educación Primaria, de la ESO, de Bachillerato y de los ciclos de Formación Profesional (FP), limitadas en función de la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro.
- El límite anterior será de 350 euros para contribuyentes menores de 30 años, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %, con derecho al mínimo por discapacidad de ascendientes o descendientes en el impuesto sobre la renta de las personas físicas o para el padre, la madre o los padres que convivan con el hijo o los hijos sometidos a la patria potestad y que integren una familia numerosa, en los términos que establece el artículo 6 de la Ley 8/2018, de 13 de julio, de Apoyo a las Familias, o una familia monoparental de las que prevé el artículo 7.7 de la Ley 8/2018 anteriormente mencionada.
- Para contribuyentes fallecidos el importe de la deducción por cada hijo no podrá exceder de los 220 euros por hijo en cualquier caso.
Asimismo, el Gobierno de las Islas Baleares da la posibilidad de deducir el 15 % de los gastos extraescolares de enseñanza de idiomas de los descendientes que cursen desde el segundo ciclo de Educación Infantil hasta el Bachillerato o FP.
- Está limitado a 110 euros por hijo o hija y a casos en los que la base imponible total no supere los 52.800 euros en tributación conjunta o los 33.000 euros en individual.
La Comunidad Autónoma también contempla la deducción de 1.800 euros, con un límite del 50 %, por los gastos ocasionados por los estudios de educación superior fuera de la isla de residencia habitual.
En este caso, existen ciertos requisitos relacionados con la renta y el tipo de estudios. También hay excepciones, como los casos en los que la formación no sume un mínimo de créditos o no abarque un curso académico completo.
La Comunidad Autónoma de Canarias permite deducir 100 euros por el primer descendiente que curse Educación Infantil, Educación Primaria, ESO, Bachillerato y FP de grado medio y 50 euros adicionales por cada uno de los demás hijos que cursen los mismos niveles educativos.
Incluye gastos en libros, material escolar, transporte escolar, uniformes, comedores escolares y refuerzo educativo.
Esta deducción no se aplicará cuando se hayan obtenido rentas en el periodo impositivo en que se origina el derecho a la deducción por importe superior a 39.000 euros. En el supuesto de tributación conjunta, cuando la unidad familiar haya obtenido rentas por importe superior a 52.000 euros.
Además, contempla la deducción de 1.500 euros (1.600 euros si la base imponible es inferior a los 33.007,20 euros) por gastos de estudios universitarios o de FP superior cursados fuera de la isla de residencia. Para poder deducir estos gastos, el estudiante debe ser soltero, menor de 25 años y económicamente dependiente de sus padres.
La deducción no se aplicará si los estudios no abarcan un mínimo de 30 créditos o si el estudiante obtiene rentas superiores a 8.000 euros en el mismo ejercicio, entre otros casos.
La Junta de Castilla-La Mancha permite deducir los gastos en libros de los estudiantes de Educación Infantil, Primaria, ESO, Bachillerato, Formación Profesional, enseñanzas de idiomas, enseñanzas artísticas, enseñanzas deportivas, educación de personas adultas y enseñanza universitaria.
Además, contempla la deducción del 15 % de los gastos relacionados con diversos aspectos educativos, como la enseñanza extraescolar de idiomas y otras clases de refuerzo, algunas cuotas de internet cuando es necesario para estudiar y para estudios fuera de la localidad de residencia en ciertos casos.
Las deducciones en el IRPF alcanzan 300 euros para las familias numerosas y 200 euros para el resto de las familias que hagan declaración conjunta (150 euros y 100 euros, respectivamente, en individuales), dependiendo siempre de la base imponible general y de la base imponible del ahorro en cada caso.
La Generalitat de Cataluña contempla deducciones del pago de los intereses correspondientes a los préstamos otorgados para la financiación de estudios de máster y doctorado concedidos a través de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias e Investigación. Puede deducirse el 100 % del coste de los intereses.
Las familias de Extremadura pueden deducir 15 euros en el IRPF por la compra de material escolar para cada descendiente. Estos son algunos de los requisitos:
- La suma de las bases imponible general y del ahorro no puede superar 19.000 euros en las tributaciones individuales y 24.000 euros en las conjuntas, límites que aumentan a 28.000 y 45.000 euros en el caso de contribuyentes que vivan en localidades de menos de 3.000 habitantes.
- Los padres deben convivir con sus hijos escolarizados.
La Comunidad de Madrid presenta la posibilidad de realizar las siguientes deducciones:
- El 15 % de los gastos de escolaridad en los centros privados no concertados.
- El 15 % de los gastos de enseñanza de idiomas en centros oficiales y actividades extraescolares durante el curso lectivo. Se excluyen los campamentos de verano.
- El 5 % de los gastos relacionados con la adquisición de uniformes escolares.
Las deducciones en el IRPF no pueden superar los 412,40 euros por descendiente en el caso de gastos por enseñanza de idiomas y uniforme, que se amplían a 927,90 euros si se deducen también los gastos de escolaridad. Este límite es de 1.031 euros en el caso del primer ciclo de Educación Infantil.
La Comunidad de Madrid también permite deducir los intereses de los préstamos para costear estudios de grado, máster y doctorado.
Murcia establece una deducción de 120 euros por descendiente en gastos en material escolar y libros de texto de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y ESO.
Las familias numerosas solo podrán deducirlo si la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no supera los 33.000 euros en tributaciones individuales o los 53.000 euros en las conjuntas.
El resto de las familias tienen su límite en los 20.000 euros en las tributaciones individuales y 40.000 en las conjuntas.
Las familias de la Comunidad Valenciana podrán deducir 110 euros por la compra de material escolar por cada hijo escolarizado en Educación Primaria, ESO o unidades de educación especial.
- La deducción se contempla para escolarizaciones en centros públicos y privados.
- Al menos uno de los contribuyentes debe encontrarse en situación de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo.
- La suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no puede superar los 30.000 euros en tributación individual y los 47.000 euros en tributación conjunta.
El resto de las comunidades autónomas —Cantabria, Castilla y León, Galicia, País Vasco, Navarra, La Rioja— y Ceuta y Melilla no contemplan deducciones en el IRPF por estos gastos escolares. En algunos casos, parte de esos gastos están contemplados en becas, existen ayudas directas o hay programas de gratuidad de libros de texto, que pertenecen a los centros.